Jurista y criminólogo italiano.
Sus teorías gravitaban en torno al concepto de "delito natural", que definió como "la lesión de aquella parte de los sentimientos altruistas fundamentales de piedad o probidad, en la medida media en que son poseídos por una comunidad, y que es indispensable para la adaptación del individuo a la sociedad". Fundamentaba la responsabilidad penal en la peligrosidad innata del delincuente, al que consideraba una "variedad" involucionada de la especie humana, incapaz de asimilar los valores de la sociedad. Defendía, de este modo, que la única forma de evitar el delito era eliminando los factores externos que dan pie a delinquir, estableciendo una relación causa-efecto entre circunstancias y criminalidad y dejando al margen el libre albedrío.
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